El delito de violencia de género comprende la violencia, tanto física como psicológica, que ejerce un hombre hacia una mujer cuando existe o ha existido una relación sentimental. La Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género define el concepto de la siguiente manera:
“…manifestación de la discriminación, la situación de desigualdad y las relaciones de poder de los hombres sobre las mujeres […] se ejerce sobre éstas por parte de quienes sean o hayan sido sus cónyuges o de quienes estén o hayan estado ligados a ellas por relaciones similares de afectividad, aun sin convivencia…”.
Es ejercida por quien ha estado ligado a ella por una relación de afectividad, siendo considerada también la violencia ejercida por hombres de su entorno social, familiar o laboral.
Tipos de violencia de género
Dependiendo de la tipología de violencia que se ejerza sobre la mujer, se puede clasificar la violencia de género en varios tipos:
- Violencia física. Actos de fuerza contra el cuerpo de la mujer, produciendo o provocando el riesgo de daño o lesiones físicas.
- Violencia psicológica. Conductas verbales o no verbales que desvaloricen a la mujer o les provoque sufrimiento, como amenazas, insultos, vejaciones, limitaciones de su libertad, humillaciones, exigencia de sumisión…
- Abusos sexuales y violencia sexual. Actos de naturaleza sexual no consentidos por la mujer y forzados por el agresor: imposición mediante la fuerza, relaciones sexuales no consentidas y abuso sexual, independientemente de que guarden algún tipo de relación.
- Violencia económica. Privación intencionada de los recursos de manera ilegal, repercutiendo tanto en el bienestar físico como psicológico de la mujer y los hijos, así como la discriminación en los recursos compartidos.
Ciclo de violencia de género
Las fases del ciclo de violencia de género identifican las situaciones en las que se llevan a cabo los malos tratos y la forma en que se mantienen en el tiempo. La violencia de género, por lo tanto, suele manifestarse siguiendo un proceso gradual:
- Fase de tensión. El agresor acumula de forma gradual la tensión. De forma imprevista cambia de estado de ánimo y actúa de forma inesperada. A pesar de que la mujer intente calmarle, complacerle o disminuir la tensión, continuará en aumento.
- Fase de explosión o agresión. La violencia estalla y se producen las agresiones hacía la mujer y los hijos, ya sean físicas como psicológicas y/o sexuales. En esta fase la mujer suele contar lo que está ocurriendo y pone la denuncia.
- Fase de arrepentimiento o luna de miel. El agresor pide disculpas y busca excusas para explicar la conducta. Su finalidad es mantener la relación, por lo que hace regalos, fomenta la idea de cambio e incluso de acudir a tratamiento. Muchas mujeres deciden retirar la denuncia en esta fase.
En el proceso de la violencia de género los ataques se repetirán con cada vez mayor frecuencia, hasta que termine reducida a una sola: agresión o explosión. Para parar este ciclo debes tomar conciencia y pedir ayuda a profesionales especialistas en violencia de género. En Elcano abogados somos expertos en delitos de violencia de género en Bilbao; consúltanos sin compromiso.