Superar los límites de alcohol en sangre establecidos por la DGT no solo supone un riesgo para nuestra integridad física y el resto de usuarios de las carreteras, sino que también puede acarrear consecuencias legales como multas o penas de cárcel si se llega a cometer un delito por alcoholemia. Además, estas penas pueden verse agravadas cuando se trata de una reincidencia.
¿Pero qué es exactamente la reincidencia por delito de alcoholemia? El concepto “reincidencia” hace referencia a cometer una falta o delito de la misma naturaleza por segunda o más veces, lo que supone un agravante en la pena respecto a la primera condena definitiva.
Cuándo se considera a una persona reincidente por delito de alcoholemia
Recordemos que el delito de alcoholemia consiste en superar los 0.6 mg/l en aire espirado o 1.2 gr/l en sangre y está castigado con penas de prisión tres a doce meses, trabajos en beneficios de la comunidad de 30 a 90 días y privación del derecho a conducir de uno a cuatro años. Para ser considerado como reincidente y recibir una condena con su respecto agravante, deben cumplirse los siguientes requisitos:
- Que haya habido una condena penal anterior con sentencia firme.
- Que ambas condenas lo sean por similar delito, es decir que se encuentren comprendidos en el mismo apartado del Código Penal, dedicado a los delitos contra la seguridad colectiva.
- Siempre que sean de la misma naturaleza, es decir que el bien jurídico protegido contra el que se atenta sea el mismo.
- Que estos antecedentes penales no se hayan cancelado.
Es importante mencionar que deja de ser tomada en cuenta la reincidencia como un factor agravante cuando han transcurrido dos años desde que se ejecutó la condena previa.
Qué dice la ley respecto a reincidir por delito de alcoholemia.
A la hora de definir las correspondientes penas con agravante por infracciones y reincidir por delitos de alcoholemia, la ley se basa en factores como la gravedad de la infracción y la tasa de alcoholemia. La ley establece la siguiente escala de penas que se aplica de acuerdo con estas circunstancias:
- Sanción Administrativa: Cuando alguien comete una infracción relacionada con el alcohol al volante y ya ha recibido una sanción similar en el año anterior, la multa se incrementa a 1000 euros, independientemente de la tasa de alcoholemia.
- Delito de Alcoholemia: Si la infracción es considerada un delito, la pena para un reincidente se basa en las circunstancias agravantes presentes en el caso. El Código Penal español establece que cuando hay una o dos circunstancias agravantes, se aplicarán penas más severas. Estas penas se toman de un tramo superior al establecido por la ley para el delito de alcoholemia. Las circunstancias agravantes pueden variar, pero algunas comunes incluyen altas tasas de alcoholemia o la presencia de menores en el vehículo.
Escalada de penas
La escala de penas en casos de delitos de alcoholemia puede incluir prisión, multas y trabajos en beneficio de la comunidad. Los tiempos de prisión pueden variar desde unos pocos meses hasta varios años, dependiendo de la gravedad de la infracción y la reincidencia. Las multas pueden oscilar desde cientos hasta miles de euros. Los trabajos en beneficio de la comunidad tienen una duración que varía según el caso. Cuando se presenten una o dos situaciones que hagan que la infracción sea más grave (llamadas «circunstancias agravantes»), la pena que se impondrá estará en la parte más severa de las penas que la ley establece para ese delito de conducir bajo los efectos del alcohol. Es decir, la persona enfrentará una sanción más dura si se dan estas circunstancias que hacen que la infracción sea peor de lo normal. Los tramos correspondientes aplicables por reincidencia son los siguientes:
- Desde cuatro meses y dieciséis días, hasta seis meses de prisión.
- Una multa desde nueve meses y un día hasta doce meses.
- Trabajos en beneficio de la comunidad desde dos meses y un día de duración hasta noventa días.
Consecuencia legal de reincidir por delito de alcoholemia
Las consecuencias de ser reincidente en delitos de alcoholemia en España (y en muchos otros países) suelen ser más severas que para un infractor por primera vez. Aquí hay algunas de las posibles consecuencias:
- Retirada de la Licencia de Conducir: La persona reincidente puede enfrentar la retirada de su licencia de conducir por un período más largo que un infractor por primera vez. En algunos casos, la retirada de la licencia puede ser indefinida o durante varios años.
- Posible Incautación del Vehículo: En ciertas situaciones, especialmente si la persona reincidente ha cometido infracciones graves o peligrosas, las autoridades pueden incautar el vehículo utilizado en el delito.
- Programas de Rehabilitación Obligatorios: Además de las sanciones penales, es posible que se requiera que los reincidentes asistan a programas de rehabilitación para tratar su adicción al alcohol y cambiar su comportamiento antes de poder recuperar su licencia de conducir.
- Antecedentes Penales: Las condenas por delitos de alcoholemia pueden dar lugar a antecedentes penales, lo que puede tener consecuencias negativas en términos de empleo, seguros y otras áreas de la vida de la persona.
Si has dado positivo en la prueba de alcoholemia, sobre todo si es la segunda vez que ocurre, no dudes en contactar con un equipo de abogados expertos en delitos de alcoholemia, en Elcano Abogados contamos con el conocimiento y la experiencia necesarias evitar que pierdas el carnet conducir y asegurarnos de que se te imponga la sanción mínima.