El delito de alcoholemia se regula en el artículo 379.2 del Código Penal y se establecen sanciones en base a la tasa de alcohol ingerida. Se considera que se conduce bajo la influencia del alcohol cuando se superan los 0,25 miligramos por litro en aire espirado o 0,5 gramos por litro en sangre.
Sin embargo, cuando la tasa de alcohol es superior a 0,6 mg/l en aire espirado o 1,2 g/l en sangre, se estará incurriendo en un delito contra la seguridad vial. En estos casos el conductor se podrá enfrentar a penas de cárcel, multas administrativas y la retirada del carnet de conducir.
¿Qué pasa si te niegas a una prueba de alcoholemia?
La negación a someterse a una prueba de alcoholemia incurrirá en un delito penado en el artículo 383 del Código Penal. El conductor estará cometiendo un delito de desobediencia grave a la autoridad y podrá ser castigado con penas de prisión de 6 meses a un año y la privación del carnet de conducir.
Además, algunos juzgados (con la confirmación del Tribunal Supremo) han manifestado que se puede incurrir en delitos diferentes y compatibles por superar la tasa de alcoholemia permitida y por negarse a realizar la prueba de alcoholemia, ya que se considera que son ámbitos separados.
No obstante, en algunos supuestos negarse a realizar la prueba de alcoholemia puede tratarse de una multa administrativa en vez de un delito penal. El Reglamento General de Circulación establece que el conductor tiene la obligación de someterse al control en los siguientes supuestos:
- En controles de alcoholemia.
- Tras un accidente de tráfico.
- Cuando el conductor es denunciado por una infracción de tráfico.
- Cuando existen evidencias de que el conductor se encuentra bajo los efectos del alcohol.
La negativa a soplar en un control fuera de estos supuestos puede ser considerada por el juez como una falta administrativa.
¿Se puede rebajar la pena por un delito de alcoholemia?
El Código Penal (artículo 382) establece que, si no se hubiese puesto en peligro la vida de nadie, los Tribunales y Jueces podrían considerar la reducción de la pena y apreciar solo la infracción más grave. Además, un juicio rápido y el reconocimiento de los hechos imputados ofrecen la posibilidad de beneficiarse de una reducción de un tercio de la pena.
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