Alcohol al volante: qué infracciones pueden llevarte a la cárcel
Alcohol al volante: qué infracciones pueden llevarte a la cárcel
May 23, 2024

Conducir bajo los efectos del alcohol se encuentra tipificado en el Código Penal con penas que incluyen multas económicas, trabajos en beneficio de la comunidad o incluso prisión.

Es por eso que, si conduces habiendo bebido, debes ser consciente a lo que te enfrentas.

¿Cuál es la tasa de alcohol permitida?

La tasa de alcohol permitida en España es de 0,25 mg/l en aire espirado y de 0,5 g/l en sangre. Sin embargo, existen dos facetas:

  • De 0,25 mg/l hasta los 0,60 mg/l en aire espirado y desde los 0,5 g/l hasta los 1,19 gr/l en sangre es considerado una tasa de alcohol sancionable;
  • Niveles sobre los 0,61 mg/l en aire espirado o 1,20 gr/l en sangre implica, por el contrario, un delito contra la seguridad vial por conducción bajo los efectos del alcohol.

¿Cuáles son las posibles sanciones por el delito de alcoholemia?

Si has dado positivo en un control de alcoholemia, lo primero que debes saber es que la tasa de alcohol en sangre o en aire espirado condiciona directamente las posibles sanciones.

  • Si no superas los 0,5 mg/l en aire espirado, la pena será de 500 euros más 4 puntos del carnet.
  • Entre 0,5 mg/l y 0,6 mg/l en aire espirado, la multa será de 1.000 euros y se restarán 6 puntos de tu carnet.
  • Si superas los 0,60 mg/l en aire espirado, implica penas de 3 a 6 meses de prisión, multas administrativas de 6 meses a 1 año, entre 30 y 90 días de trabajos comunitarios y prohibición de conducir entre 1 y 4 años.

¿Qué sucede si me niego a realizar el test?

En caso de que seas detenido por un control vial y se te requiera un control de alcoholemia, lo más recomendable es hacerlo, ya que negarse a realizar pruebas de alcoholemia implicaría un delito de desobediencia a la autoridad.

Las sanciones para este tipo de delito oscilan entre los 6 meses y 1 año de prisión, y la prohibición para conducir de 1 a 4 años.

Por otro lado, si te realizan un control que tiene resultado positivo, tienes la posibilidad de solicitar uno nuevo pasados diez minutos con el fin de corroborar los resultados del primero.

¿Cuáles son los agravantes para este delito?

Si bien ya es considerado como delito de alcoholemia el hecho de conducir habiendo consumido alcohol, debes tener en cuenta que existen agravantes en el Código Penal para este tipo de delitos contra la seguridad vial: si pones en peligro la integridad o la vida de otras personas, si conduces en forma temeraria, si has consumido alguna clase de droga o si se produce algún efecto lesivo.

La dureza de las sanciones varía según la complejidad del caso

Si se pone en peligro a otras personas y se supera la tasa de alcohol de 0,6 mg/l, la pena prevé entre 6 meses y 2 años de prisión, junto con la prohibición de conducir por un lapso entre 6 meses y 2 años.

Si sumado a eso se comprueba un evidente desprecio por la vida de los demás, la pena oscila entre los 2 y los 5 años de prisión, junto con la retención de la licencia de conducir habilitante entre 6 y 10 años y multa de 1 a 2 años.

En el caso de que se compruebe la conducción con temeridad y el desprecio por la vida de los demás, pero nadie corrió peligro en su integridad ni su vida, la pena será entre 1 y 2 años, con prohibición de conducir entre 6 y 10 años y multa entre 6 meses y 2 años.

¿Qué sucede si se produce un accidente?

La conducción temeraria o imprudente implica poner en riesgo la integridad física o la vida de otros individuos. Ahora bien, si se consuma ese riesgo y se produce algún incidente lesivo (ocasionar un accidente con lesiones o muerte o provocar daños materiales a bienes de terceros), se trata de un delito diferente que se agrega al delito de alcoholemia.

Si a esto se le suma la figura del desprecio por la vida de los demás, las penas abarcan un período entre los 8 años y un día y los 10 años. Además, se deberá resarcir económicamente a los afectados en la comisión de ese delito.

¿Cómo afecta la reincidencia del delito en la condena?

En caso de que una persona haya sido condenada por el delito contra la seguridad vial y posteriormente vuelva a cometer un delito de la misma naturaleza, pasa a ser considerado reincidente del delito de alcoholemia, y la pena a la que se enfrenta será mayor.

Sin embargo, no todo es tan simple, ya que para que la reincidencia sea considerada un agravante en un nuevo juicio, debe cumplirse una serie de requisitos.

  • Que la condena anterior posea sentencia firme.
  • Que el nuevo delito sea considerado en el Código Penal como de la misma naturaleza.
  • Que no se hayan cumplido los dos años de la condena previa.

¿Cómo es un juicio por delito de alcoholemia?

Si los resultados de las pruebas demuestran que la tasa de alcohol del conductor es mayor a los 0,6 mg/l de aire espirado, se celebrará un juicio rápido por alcoholemia.

Sin embargo, resulta pertinente aclarar que las condiciones del juicio varían dependiendo de si la prueba de alcoholemia se realizó en un control vial o si fue producto de un accidente de tránsito.

En el primer caso, se deberá oficiar de forma urgente; en el segundo, existe un procedimiento de instrucción para establecer las circunstancias del hecho.

Entonces, ¿a quién puedo acudir?

Es bien sabido que el consumo de alcohol al conducir es una mala decisión. Puede ser considerado un delito contra la seguridad vial y obligar al infractor a cumplir desde tareas comunitarias hasta años de prisión.

Si te encuentras inmerso en una situación similar, ten en cuenta que el equipo de Elcano Abogados expertos en la materia se ocuparán de brindarte toda la información pertinente y de establecer el panorama más real de la situación y sus posibles implicancias.

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