Derechos y protección legal de los hijos de víctimas de violencia de género
¿Qué derechos y protección legal tienen los hijos de una víctima de violencia de género?
Abr 10, 2025

La violencia de género no solo afecta a la persona que la sufre, sino también a los niños que son testigos o víctimas indirectas. Por ello, tienen derecho a recibir protección y apoyo para garantizar su bienestar.

Según la Ley Orgánica 1/2004, los hijos de las víctimas son considerados víctimas indirectas y tienen derecho a medidas de protección inmediatas, como la intervención de los servicios sociales, su acogida en centros de protección y, cuando es necesario, la suspensión del régimen de visitas del agresor. Además, siempre se prioriza el bienestar del menor, lo que puede llevar a otorgar la custodia exclusiva a la madre.

En este artículo, profundizaremos en estos y otros derechos y protecciones legales, así como en los recursos disponibles en Euskadi.

¿Puede mi hijo recibir apoyo psicológico o asistencia especializada?

Sí. Todos los niños, niñas y adolescentes que han vivido en contextos de violencia machista tienen derecho a recibir apoyo psicológico y asistencia especializada.

En el caso de Bizkaia, el Servicio de Intervención Familiar (TXIKIAK) brinda apoyo a menores de 3 a 18 años y a sus madres o cuidadoras. Su objetivo es acompañarles en la recuperación, evaluando los efectos de la violencia en los menores y en el vínculo materno-filial, ofreciendo intervenciones psicoterapéuticas y socioeducativas personalizadas.

Para acceder al servicio, no es necesario haber denunciado ni tener la situación administrativa regularizada. Basta con haber vivido una situación de violencia machista, ya sea actual o pasada, y que la madre esté en proceso de afrontamiento. La solicitud se puede hacer presencialmente en el Servicio de Mujer e Intervención Familiar de Bizkaia, presentando los documentos y el formulario correspondiente, o indirectamente a través de los Servicios Sociales o entidades derivantes, quienes tramitarán la solicitud con un informe justificativo.

A su vez, el Servicio de Atención Psicológica (Esnatu) en Bizkaia ofrece programas especializados para víctimas de violencia machista y sexual, proporcionando atención psicológica integral. El proceso comienza con un diagnóstico y valoración inicial, seguido de un tratamiento psicológico individualizado que incluye apoyo y psicoterapia. Además, se complementa con atención psicológica grupal y un seguimiento continuo de los casos. Este servicio está disponible en diferentes ubicaciones de Euskadi y, dependiendo de la zona, la atención se ofrece en horarios y días específicos. Para acceder, la persona interesada deberá presentar la solicitud firmada, disponible en la sede electrónica, junto con la documentación correspondiente.

¿Qué pasa con la custodia y el régimen de visitas?

Tal como establece la Ley 7/2015, de 30 de junio, en caso de separación o ruptura de los progenitores, será el juez quien decida sobre la guarda y custodia de los hijos, siempre priorizando lo que sea mejor para ellos. En este contexto, si uno de los progenitores ha ejercido violencia de género, esto se convierte en un factor clave a la hora de tomar la decisión.

Por otro lado, la LO 8/2021 establece que, si hay indicios de que los menores han sido testigos o víctimas de violencia en el hogar, se puede suspender cautelarmente el régimen de visitas del progenitor implicado, incluso sin agresiones directas hacia los niños, para prevenir la violencia vicaria. Aunque la suspensión es lo habitual, la ley permite excepciones si se garantiza la seguridad del menor y no hay riesgo de nuevas agresiones, protegiendo su derecho a crecer en un entorno seguro.

En todos los casos, la decisión sobre la custodia y el régimen de visitas debe basarse en una evaluación de los riesgos y las circunstancias de cada familia, priorizando siempre el bienestar del menor. Si el progenitor condenado por maltrato demuestra que las circunstancias han mejorado, podrá solicitar el restablecimiento del régimen de visitas, pero solo después de un tiempo adecuado y con la evaluación correspondiente para asegurar que no hay riesgos para el niño.

¿Mi hijo puede declarar en un juicio por violencia de género?

Sí. En España, cualquier persona, independientemente de su edad, puede ser testigo. Por lo tanto, en los procedimientos judiciales relacionados con violencia de género, tu hijo, sea menor o no, tiene el derecho de ser escuchado y que su testimonio sea considerado, siempre que no se vea comprometido su bienestar.

Cuando se trata de menores, es fundamental que el entorno de la declaración sea adecuado y no intimidante, garantizando que el proceso sea lo menos dañino posible para el niño. Además, la declaración debe realizarse en presencia de quien ejerza la patria potestad y siempre ante el Ministerio Fiscal. El juez será quien decida si acepta la declaración del menor, especialmente si este tiene menos de 12 años; sin embargo, no podrá oponerse a la declaración de un menor de más de 12 años.

Cabe destacar que, en situaciones de abuso y explotación sexual de niños, niñas y adolescentes, las pautas de actuación en Euskadi incluyen protocolos específicos que garantizan la protección de los menores y el respeto de sus derechos a lo largo de todo el proceso judicial.

Si te encuentras en una situación de violencia de género, es crucial contar con la ayuda de un abogado especializado que te guíe en todo el proceso legal y te ayude a proteger los derechos de tus hijos. Recuerda, la ley está de tu lado, y contar con la orientación adecuada puede marcar la diferencia en la protección de tu familia.

En Elcano Abogados, contamos con profesionales especializados en violencia de género en Bilbao, dispuestos a apoyarte y ayudarte a encontrar el camino hacia un futuro más seguro para ti y tus hijos. No dudes en ponerte en contacto con nosotros, estaremos encantados de escucharte y asesorarte.

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